CONTRATO
DE MATRIMONIO
Yo______________________________, Mayor de
edad, con No.____________ cc a quien en
lo sucesivo se denominará esposo y la
señora__________________________, Mayor de
edad, con No.____________ cc, a quien en
adelante se denominará esposa, Han
convenido celebrar el siguiente contrato de
matrimonio, bajo las Siguientes Cláusulas.
CAPITULO 1.
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS
PARTES
ART. 1
El presente contrato de matrimonio tiene
una duración de no más de cinco (5) años a
partir de la fecha Puede ser renovado y En
dicha fecha si las partes están de acuerdo,
de lo contrario tema Responder Quedará
anulado Sin necesidad de papeleo, incurrir
en gasto alguno, ni Conciliación.
ART. 2
El esposo como cabeza de familia es
responsable de todo, entonces por ser El Que
Se Enfrenta A LOS ladrones, quien mata las
cucarachas, paga las deudas, etc ... tiene
derecho de llegar a la hora que se le da la
gana, que sin temor Su esposa le reproche.
De Ser Así la sanción Será muy drástica a la
infractora.
ART. 3
En cuanto al cuidado de los niños. La
esposa por La condición que Dios le dio de
PROCREAR, es la Encargada de los chicos,
ella Únicamente Debera bañarlos, cuidarlos,
llevarlos a la escuela, al médico, a la
iglesia, etc ...
ART. 4
La esposa, en caso que quiera opinar en
casa, correrá con el 50% de los gastos. Y
si además de opinar Desea hacer realidad
alguna de sus ideas, el Porcentaje aumentará
al 80%, el pecado, Derecho
a reclamo.
ART. 5
En caso hipotético de que Exista alguna
diferencia de opiniones, discusiones mínimas
o Pleitos ... Ni la comida, ni el sexo
Estarán en juego.
ART.6
Este matrimonio se Realiza con conocimiento
de "Separación de Viernes", por lo
que el esposo Tendrá TODOS LOS VIERNES
Libre!! y la esposa con la paciencia que
le caracteriza atenderá las cosas de la
casa, Durante la ausencia de su esposo.
ART.7
Todo lo que se lleve a la casa (léase
alimento o vestido) es Obligación de la
esposa Decirle a los Niños que quien las
Compró Fue el papá, Así para CONTRIBUIR A UN
Acercamiento padre - hijo.
CAPITULO II.
DE LAS Suegras
ART. 8
"La Madre de la esposa, en adelante" La
vieja esa " Tendrá derechos de visita al
hogar, el Exclusivamente 30 de febrero de
cada año. Por otra parte y Sin perjuicio de
otras Sanciones que le pudieren
corresponder, Deberá cambiar su número y
mantenerlo en secreto Estricto.
ART. 9 La
MADRE del esposo, en adelante "Viejita
Querida", PERJUICIO pecado de Otros
Beneficios que le pudieran corresponder,
visitará el hogar todos los domingos, con el
fin de Asegurar la correcta y abundante
alimentación de su hijo, para verificar los
nutrientes aportados.
ART. 10 El
esposo y la esposa se obligan un Nombrar a
las respectivas Suegras, tal como se
estipula en el artículo anterior, dejando
constancia que la menor falla, sancionada
Será de Acuerdo a las penalidades PREVISTAS
en el capítulo V.
CAPITULO III.
DE LAS RELACIONES SEXUALES
ART. 11
El presente contrato obliga a la esposa a
tener sexo en la situación, y Circunstancia
momento en que el esposo lo requiera,
Demoras, pecado, ni excusas. Así mismo se
deja constancia Expresa que el esposo podra
hacer uso de todas las partes del cuerpo de
la esposa, Limitaciones pecado, ni
condicionamientos.
ART. 12
En caso que la esposa se Finja
imposibilitada de Cumplir con el artículo
11, el esposo tema Responder, queda
posibilitado para procurar Cualquier
sustitución, que sus deseos encuentren
APROPIADO, INCLUSO fuera del hogar conyugal.
ART. 13
En caso que el esposo no se Encuentre en su
mejor estado físico y mental, Para Llevar A
Cabo un encuentro sexual sugerido por la
esposa, la sola frase "No me jodas" será
Suficiente Para Que La esposa abandone su
intento. Al efecto bastará que la frase
precedente sea pronunciada una (1) sola vez,
caso contrario la esposa infractora Debera
someterse a las penalidades PREVISTAS en el
capítulo V.
ART. 14
El esposo está facultado a salir del hogar
para REUNIRSE con los amigos que estime
conveniente, quedando expresamente
habilitado para llevarlos hasta el hogar,
toda vez que asi lo Desee. En este último
caso la nevera y la despensa DEBERÁN estar
siempre provistas de Suficiente alimento y
bebida, precaución que la esposa no Debera
olvidar, para satisfacer debidamente la
demanda de sus amigos.
ART. 15
La esposa está facultada A tener (1) una
amiga, en adelante "La otra bruja", quien
Tendrá Los Mismos derechos y regimenes de
Visita de la Vieja esa.
CAPITULO V:
DE LAS PENALIDADES Y SANCIONES
ART. 16
Si la esposa incurre en actos indecorosos,
que pongan en juego la moral del matrimonio,
que o no Cumpla con las Cláusulas del
presente contrato, automaticamente perdera
todo derecho, por lo que Debera abandonar el
hogar conyugal, en un lapso no mayor a Los
Cinco (5) minutos de producido el suceso,
sin derecho a replica y sin llevarse nada
del hogar, tan solo su ropa le será enviada
a la casa de la vieja esa.
Expresa Se
deja constancia que sólo en esta situación,
podra hacer uso del aparato telefónico para
llamar a la vieja esa, o eventualmente a la
otra bruja, quienes Serán las únicas y no
otras las personas destinatarias de esa
llamada., De ser Necesaria su presencia
fuera del Régimen de visitas ya
establecidas, la vieja esa y la otra bruja
se comprometen a Presentarse en lapso no
mayor aquince (15) minutos, Después de la
llamada, para Llevarse a la infractora.
ART. 17
En caso que el esposo, deba ser Sometido A
juicio por alguna mala conducta o falta de
observación alguna una de las Claúsulas del
presente contrato, los cuatro amigos de
este, de antigüedad Mayor, DEBERÁN Formar un
Jurado Revisor, quienes determinarán el
grado de culpabilidad .
Aceptado el
presente contrato y leídas todas sus partes,
se firma un los__________________ días, del
mes de ________________del Año ____________
en ------------------------------
En dos
originales y copia.
Firma del
esposo
Firma de la
esposa
CC
CC